¡Vendedores, atención! Así se aplica el Impuesto por Ganancia de Capital en RD

Abril 21 de 2025

¿Qué es, cómo te afecta al vender una propiedad y cómo minimizar su impacto fiscal?

Vender una propiedad en República Dominicana puede representar una gran oportunidad económica, pero también implica una responsabilidad tributaria que muchos desconocen: el Impuesto sobre la Ganancia de Capital, regulado en la Ley No. 11-92, que instituye el Código Tributario de la República Dominicana.


¿Qué es el Impuesto sobre Ganancia de Capital?

Según el Artículo 289 del Código Tributario (Ley No. 11-92), la ganancia de capital es el beneficio obtenido al vender un bien (como un inmueble) por un precio mayor al de su costo de adquisición. Esta ganancia se considera un ingreso gravado y está sujeta al Impuesto sobre la Renta.

Actualmente, la tasa aplicada es del 27% sobre la ganancia neta obtenida.


¿Cómo se calcula?

Para determinar cuánto deberás pagar, se consideran tres elementos fundamentales:

  • Precio de venta del inmueble

  • Costo ajustado de adquisición: incluye el precio original de compra, mejoras y gastos legales, todo actualizado por inflación.

  • Gastos relacionados con la venta: como comisiones de agentes, publicidad, gastos notariales, entre otros.

Fórmula básica:

Ganancia de Capital = Precio de Venta - (Costo de Adquisición Ajustado + Gastos de Venta)
Impuesto = 27% de esa ganancia

Ejemplo práctico:

Supongamos que compraste una propiedad por RD$5,000,000 y la vendes por RD$8,000,000.
Si los costos ajustados y mejoras suman RD$6,000,000, tu ganancia neta es de RD$2,000,000.
Entonces pagarías RD$540,000 (27% de RD$2,000,000).


¿Hay exenciones o consideraciones especiales?

Sí. La ley contempla casos en los que se pueden aplicar exenciones o ajustes especiales:

  • Propiedades adquiridas antes del 1 de enero de 1988 podrían estar exentas (según disposiciones transitorias de la Ley No. 11-92).

  • Las herencias y donaciones tienen un tratamiento fiscal distinto y no siempre generan impuesto sobre ganancia de capital.

  • Personas físicas pueden incluir mejoras, remodelaciones y ciertos gastos para disminuir la base imponible.

  • Aunque no hay una exención por "vivienda principal", sí se pueden aplicar deducciones si se demuestra uso residencial exclusivo y continuo.


Estrategias para minimizar el impacto fiscal

Aunque el impuesto no se puede evitar si aplica legalmente, sí es posible planificar para reducirlo. Aquí algunas recomendaciones:

  1. Documenta todas las mejoras y remodelaciones realizadas a la propiedad. Guarda facturas, contratos y comprobantes.

  2. Incluye todos los gastos relacionados con la venta: honorarios legales, comisiones de corretaje, avalúos, publicidad, etc.

  3. Trabaja con un contador o asesor fiscal que pueda ayudarte a ajustar los valores por inflación y aplicar deducciones correctamente.

  4. Evalúa la posibilidad de usar estructuras jurídicas como empresas, si aplica a tu situación particular, para optimizar el tratamiento fiscal.

  5. No improvises la venta: planifica con anticipación para reunir la documentación y realizar los cálculos adecuados antes de cerrar la transacción.


La Ley No. 11-92 establece que toda ganancia generada por la venta de un inmueble en República Dominicana debe tributar un 27%, salvo que aplique alguna exención específica. Desconocer esta obligación puede traer consecuencias fiscales y legales importantes.

En Asven Real Estate, no solo te ayudamos a vender tu propiedad al mejor precio, también te conectamos con expertos tributarios para que puedas cumplir con la ley y optimizar tus finanzas.


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