Incentivos y subsidios para la vivienda en República Dominicana
Noviembre 3 de 2025🏠 Incentivos y subsidios para la vivienda en República Dominicana 2025
Qué beneficios existen para compradores y desarrolladores, quiénes califican y cómo aprovechar al máximo las exenciones vigentes.
El acceso a medidas de apoyo fiscal y subsidios sigue siendo un componente importante para facilitar la compra de vivienda en República Dominicana. En 2025, los incentivos más relevantes para compradores y desarrolladores incluyen el Bono de Vivienda para viviendas de bajo costo, la exención del IPI para la residencia principal que esté dentro del tope anual, las exenciones para proyectos turísticos bajo la Ley CONFOTUR y reglas precisas sobre la deducción de intereses hipotecarios. A continuación, se exponen los detalles prácticos y los requisitos que los interesados deben conocer.
🏷️ Viviendas de bajo costo y Bono Vivienda (Bono ITBIS)
La normativa vigente define como vivienda de bajo costo a aquellas cuyo precio de venta no excede un techo establecido —aproximadamente RD$5.19 millones según las referencias legales más recientes— y que, además, se comercializan usualmente a través de fideicomisos de vivienda registrados ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Cuando un comprador adquiere su primera y única vivienda clasificada así, la DGII otorga un Bono de Vivienda equivalente a la compensación del ITBIS (impuesto de transferencia cercano al 3%).
Este bono puede destinarse a cubrir el pago inicial de la compra o para amortizar capital en un préstamo hipotecario, lo que reduce la carga financiera inicial del comprador. Entre las condiciones para acceder están: ser la primera vivienda del adquiriente, que la obra o proyecto esté inscrito como fideicomiso ante la DGII y que la vivienda sea destinada a uso propio.
📉 Exención del IPI (Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria)
La DGII establece cada año un monto exento del IPI para la residencia principal del contribuyente. En la práctica, si el valor conjunto de la vivienda y el solar de la residencia habitual no supera ese umbral anual, no se aplica el 1% anual del IPI. Para 2024 el tope fue cercano a RD$9.86 millones y se proyectó un ajuste para 2025 alrededor de RD$10.19 millones; por tanto, muchas viviendas catalogadas como de bajo costo quedan exentas del impuesto.
Consejo práctico: al calcular la carga fiscal de una compra, incluye el valor del solar y la construcción para verificar si permaneces dentro del límite exento.
🌊 Incentivos CONFOTUR para proyectos turísticos
Los desarrollos aprobados bajo la Ley 158-01 (CONFOTUR) gozan de incentivos fiscales importantes diseñados para impulsar la inversión turística. Entre los beneficios se encuentran exenciones temporales en el impuesto de transferencia (ITBIS) y en IPI —en algunos casos por hasta 15 años— lo que puede representar ahorros significativos para inversores y compradores en proyectos residenciales o hoteleros ubicados en zonas turísticas autorizadas.
Quienes evalúan invertir en proyectos con régimen CONFOTUR deben confirmar la vigencia del incentivo para el lote o unidad específica y revisar las condiciones legales del proyecto con asesoría especializada.
📜 Deducciones fiscales y tratamiento de intereses hipotecarios
Contrario a otros países, la normativa dominicana no contempla una deducción automática de los intereses hipotecarios en el impuesto sobre la renta. Los gastos financieros derivados de un préstamo de vivienda pueden ser deducibles únicamente si están respaldados con comprobantes fiscales (NCF) y están correctamente declarados en los formatos exigidos por la DGII.
En la práctica, esto significa que la deducibilidad depende más de la correcta documentación y del cumplimiento formal que de una exención general; guarda siempre las facturas y solicita al banco los comprobantes fiscales correspondientes.
🔎 Recomendaciones finales
- Verifica con la DGII el tope vigente para vivienda de bajo costo y el monto exento del IPI antes de firmar un contrato.
- Confirma que el proyecto esté debidamente registrado (por ejemplo, fideicomiso o régimen CONFOTUR) para garantizar el acceso a bonos o exenciones.
- Solicita los NCF por los gastos financieros y registra correctamente las deducciones en tu declaración si buscas beneficios sobre el IR.
- Consulta con un asesor legal o fiscal en transacciones complejas—especialmente en desarrollos turísticos—para evitar sorpresas fiscales.
Fuentes y referencias
Esta nota resume lo establecido en la Ley 189-11 (y sus modificaciones), las disposiciones de la DGII sobre vivienda de bajo costo y exenciones del IPI, la Ley 158-01 (CONFOTUR) y documentos de orientación pública sobre incentivos fiscales. Para trámites y confirmaciones formales, emplea la DGII y asesores especializados.
